ATS, 23 de Mayo de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:5278A |
Número de Recurso | 1131/2016 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 23/05/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 1131 / 2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 9 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: MAR/I
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 1131/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 23 de mayo de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación de Tasasur Sociedad de Tasaciones S.A. presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada el 29 de enero de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9.ª) en el rollo de apelación n.º 518/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 827/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 40 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación de 31 de marzo de 2016 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Formado el rollo de sala, la procuradora doña Elisa Zabía de la Mata ha comparecido en nombre y representación de Tasasur Sociedad de Tasaciones S.A., en concepto de parte recurrente. Y el procurador don Francisco José Abajo Abril ha comparecido en nombre y representación de Bankia, S.A., en concepto de parte recurrida.
La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ .
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Tasasur Sociedad de Tasaciones S.A., al no apreciarse causas de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , la parte recurrida podrán formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Tasasur Sociedad de Tasaciones S.A. contra la sentencia dictada el 29 de enero de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9.ª) en el rollo de apelación n.º 518/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 827/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 40 de Madrid.
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Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra este Auto no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.