Auto Aclaratorio TS, 16 de Febrero de 2018
Ponente | INES MARIA HUERTA GARICANO |
ECLI | ES:TS:2018:2325AA |
Número de Recurso | 2144/2017 |
Procedimiento | Recurso de Casación Contencioso-Administrativo ( |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: PRIMERA
AUTO DE ACLARACIÓN
Fecha del auto: 16/02/2018
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 2144/2017
Ponente: Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 2144/2017
Ponente: Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: PRIMERA
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres. y Excmas. Sras.
D. Luis María Díez Picazo Giménez, presidente
Dª. Celsa Pico Lorenzo
D. Emilio Frías Ponce
D. José Antonio Montero Fernández
D. José María del Riego Valledor
Dª. Inés Huerta Garicano
En Madrid, a 16 de febrero de 2018.
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano.
ÚNICO .- En escrito presentado por la representación procesal del recurrente -31 de enero del corriente- se insta, con base en el art. 267 LOPJ, la aclaración del auto de 19 de enero, desestimatorio del recurso de revisión deducido contra el decreto de 22 de noviembre de 2017, por el que se desestimó la impugnación, por indebidas, la tasación de costas realizada el 16 del pasado mes de octubre.
ÚNICO . - El citado art. 267, dispone: >, y, bajo su amparo, quiere que se le aclare el segundo párrafo del Razonamiento Jurídico Primero del siguiente tenor: >. El párrafo es lo suficientemente claro -y lo en el afirmado es fácilmente comprobable mediante el examen del rollo- como para no precisar ningún tipo de aclaración, ni rectificación de error material de clase alguna.
LA SALA ACUERDA : denegar la aclaración solicitada. Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
D. Luis María Díez Picazo Giménez Dª. Celsa Pico Lorenzo D. Emilio Frías Ponce
D. José Antonio Montero Fernández D. José María del Riego Valledor Dª. Inés Huerta Garicano