Auto Aclaratorio TS, 16 de Febrero de 2018

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TS:2018:2325AA
Número de Recurso2144/2017
ProcedimientoRecurso de Casación Contencioso-Administrativo (
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: PRIMERA

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha del auto: 16/02/2018

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 2144/2017

Ponente: Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 2144/2017

Ponente: Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: PRIMERA

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

D. Luis María Díez Picazo Giménez, presidente

Dª. Celsa Pico Lorenzo

D. Emilio Frías Ponce

D. José Antonio Montero Fernández

D. José María del Riego Valledor

Dª. Inés Huerta Garicano

En Madrid, a 16 de febrero de 2018.

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO .- En escrito presentado por la representación procesal del recurrente -31 de enero del corriente- se insta, con base en el art. 267 LOPJ, la aclaración del auto de 19 de enero, desestimatorio del recurso de revisión deducido contra el decreto de 22 de noviembre de 2017, por el que se desestimó la impugnación, por indebidas, la tasación de costas realizada el 16 del pasado mes de octubre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO . - El citado art. 267, dispone: >, y, bajo su amparo, quiere que se le aclare el segundo párrafo del Razonamiento Jurídico Primero del siguiente tenor: >. El párrafo es lo suficientemente claro -y lo en el afirmado es fácilmente comprobable mediante el examen del rollo- como para no precisar ningún tipo de aclaración, ni rectificación de error material de clase alguna.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : denegar la aclaración solicitada. Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

D. Luis María Díez Picazo Giménez Dª. Celsa Pico Lorenzo D. Emilio Frías Ponce

D. José Antonio Montero Fernández D. José María del Riego Valledor Dª. Inés Huerta Garicano

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