ATS, 21 de Marzo de 2018

PonenteANTONIO DEL MORAL GARCIA
ECLIES:TS:2018:2575A
Número de Recurso1203/2017
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

AUTO

Fecha del auto: 21/03/2018

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 1203/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio del Moral Garcia

Procedencia: Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

Transcrito por: IPR

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 1203/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio del Moral Garcia

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Andres Martinez Arrieta

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Luciano Varela Castro

D. Antonio del Moral Garcia

Dª. Ana Maria Ferrer Garcia

En Madrid, a 21 de marzo de 2018.

Esta sala ha visto En el recurso de casación nº 1203/201, interpuesto contra Sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en causa seguida por un delito de estafa continuada en concurso medial con falsedad continuada en documento mercantil, apropiación indebida continuada en concurso medial con falsedad continuada en documento mercantil, administración desleal, insolvencia punible y delito de agravación dolosa de insolvencia y delito contra la hacienda pública, los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan, han acordado lo siguiente:

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio del Moral Garcia.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO .- El recurso de referencia se señaló el día 8 de marzo de 2018, para deliberación y fallo, lo que se llevó a efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO .- Teniendo en cuenta la complejidad del tema objeto de estudio y lo voluminoso de la documentación a examinar, procede prorrogar el término ordinario de diez días para dictar sentencia por QUINCE DÍAS más ( art. 899 LECrim ).

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Se prorroga el término para dictar sentencia en el presente recurso nº 1203/2017 por QUINCE DÍAS . Lo que se hará saber a las partes.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Andres Martinez Arrieta Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

Luciano Varela Castro Antonio del Moral Garcia

Ana Maria Ferrer Garcia

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