Auto Aclaratorio TS, 6 de Febrero de 2018

PonenteANDRES MARTINEZ ARRIETA
ECLIES:TS:2018:1387AA
Número de Recurso10035/2017
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

RECURSO CASACION (P) núm.: 10035/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Andres Martinez Arrieta

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Andres Martinez Arrieta

D. Francisco Monterde Ferrer

D. Alberto Jorge Barreiro

D. Andres Palomo Del Arco

D. Pablo Llarena Conde

En Madrid, a 6 de febrero de 2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andres Martinez Arrieta.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 22 de junio de 2017, se dictó sentencia por esta Sala, en recurso de casación 10035/2017 P, interpuesto por la representación de D. Edmundo, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Valencia de fecha 29 de septiembre de 2016, siendo también parte el Ministerio Fiscal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Si bien los Jueces y Tribunales no pueden variar las sentencias y autos definitivos que pronuncien después de firmados, cabe sin embargo, en cualquier momento, de conformidad con lo prevenido en el artículo 267.2º de la LOPJ, la posibilidad de rectificar errores, aclarar algún concepto oscuro, suplir cualquier omisión que contengan.

SEGUNDO

Producido error material en la transcripción de la numeración de la sentencia, procede su rectificación debiéndose sustituir dicha numeración 476/2017, por 467/2017 .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Aclarar la sentencia recaída en el recurso de casación 10035/2017 P, en los términos que resultan del razonamiento.

Así se acuerda y firma.

Andres Martinez Arrieta Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre Alberto Jorge Barreiro

Andres Palomo Del Arco Pablo Llarena Conde

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR