ATS, 14 de Febrero de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:1270A |
Número de Recurso | 3396/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 14/02/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3396 / 2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 3 DE BURGOS
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: CMB/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 3396/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Dª. M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 14 de febrero de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de D. Abel presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 1 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Burgos, Sección Tercera, en el recurso de apelación n.º 242/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 422/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Miranda de Ebro.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 11 noviembre de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
El procurador D. Mario Castro Casas, en nombre y representación de D. Abel presentó escrito ante esta Sala con fecha 17 de noviembre de 2015 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador Manuel Sánchez-Puelles González Carvajal, en nombre y representación de Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo Segovia y Castelldans presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de noviembre de 2015 personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Abel al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Abel contra la sentencia dictada con fecha 1 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Burgos, Sección Tercera, en el recurso de apelación n.º 242/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 422/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Miranda de Ebro.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.