ATS, 14 de Febrero de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:1256A |
Número de Recurso | 3826/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 14/02/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3826 / 2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE SALAMANCA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: MAR/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 3826/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Dª. M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 14 de febrero de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
Por la representación procesal de don Victorio y don Alfonso se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada el 19 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Salamanca (Sección 1.ª) en el rollo n.º 357/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 140/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Salamanca.
Por Decreto de 9 de diciembre de 2015 se acordó la remisión de los autos a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.
Formado el rollo de Sala, la procuradora doña M.ª Ángeles Vázquez Lucena presentó escrito en nombre y representación de don Victorio y don Alfonso , personándose en calidad de parte recurrente. Y el procurador don Armando García de la Calle presentó escrito en nombre y representación de Catalunya Banc, S.A., personándose en calidad de parte recurrida.
La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de don Victorio y don Alfonso , no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Victorio y don Alfonso contra la Sentencia dictada el 19 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Salamanca (Sección 1.ª) en el rollo n.º 357/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 140/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Salamanca.
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Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra este Auto no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.