ATS, 31 de Enero de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:774A |
Número de Recurso | 2398/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
A U T O
Fecha Auto: 31/01/2018
Recurso: CASACIÓN 2398/2015
Ponente Excmo. Sr. D.: Francisco Javier Arroyo Fiestas
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Escrito por: APH/I
RECURRENTE: PROCURADORDoña Raquel Gómez Sánchez
RECURRIDO: PROCURADOR
Don Ramón Rodríguez Nogueira
CUESTION DE FONDO
Recurso Num.: CASACIÓN 2398/2015
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Procurador:
Doña Raquel Gómez Sánchez
Don Ramón Rodríguez Nogueira
TRIBUNAL SUPREMO.
Sala de lo Civil
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente
Magistrados
D. Francisco Marin Castan
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Dª. M.ª Angeles Parra Lucan
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Enero de dos mil dieciocho.
La representación procesal de la mercantil Servicios Inmobiliarios Trecam, S.L. presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 4 de mayo de 2015 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28.ª), en el rollo de apelación n.º 597/2014 , dimanante del incidente concursal n.º 743/2011 del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid.
Mediante Diligencia de Ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Por la Procuradora doña Raquel Gómez Sánchez, en nombre y representación de la mercantil Servicios Inmobiliarios Trecam, S.L., presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de Mediterranean Cam International Homes, S.L., presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.
Mediante providencia de fecha 8 de noviembre de 2017, se pusieron de manifiesto a las partes personadas las posibles causas de inadmisión del recurso. Han sido efectuadas las pertinentes alegaciones por todas las partes dentro del plazo concedido para tal fin.
Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas , a los solos efectos de este trámite.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil Servicios Inmobiliarios Trecam, S.L. al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la mercantil Servicios Inmobiliarios Trecam, S.L. contra la sentencia dictada con fecha de 4 de mayo de 2015 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28.ª), en el rollo de apelación n.º 597/2014 , dimanante del incidente concursal n.º 743/2011 del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid.
-
) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.