ATS, 12 de Diciembre de 2017
Ponente | JORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZ |
ECLI | ES:TS:2017:11461A |
Número de Recurso | 162/2016 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
Sección: CUARTA
A U T O
Auto: REC.ORDINARIO(c/a)
Fecha Auto: 12/12/2017
Recurso Num.: 162/2016
Fallo:
Ponente: Excmo. Sr. D.Jorge Rodriguez-Zapata Perez
Procedencia: CONSEJO MINISTROS
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Oliver Sánchez
Escrito por:
Nota:
Recurso Num.: 162/2016 REC.ORDINARIO(c/a)
Ponente Excmo. Sr. D.: Jorge Rodriguez-Zapata Perez
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Oliver Sánchez
TRIBUNAL SUPREMO
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN: CUARTA
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente:
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez
Magistrados:
D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva
Dª. Maria del Pilar Teso Gamella
D. Antonio Jesus Fonseca-Herrero Raimundo
En la Villa de Madrid, a doce de diciembre de dos mil diecisiete.
En el recurso 2/162/2016 interpuesto por la Procuradora doña Virginia Aragón Segura en nombre y representación de Doña Ofelia se pide la abstención y subsidiariamente la recusación del Magistrado Excmo. Sr. Don Jorge por la causa del artículo 219.10 de la LOPJ .
En Providencia de 27 de noviembre de 2017 se suspendió el señalamiento fechado para el 28 de noviembre de 2017; se formó pieza separada del incidente y se designó Ponente al Magistrado Excmo. Sr. Don Pedro Yague Gil.
En escrito de 30 de noviembre de 2017, el Magistrado Excmo. Sr. Don Jorge cree que en puridad no concurre motivo para su abstención ni para aceptar la recusación porque no guarda enemistad con el Letrado y la causa se refiere a la parte, no a los Letrados. No obstante manifiesta que se abstiene para evitar toda duda o sospecha de imparcialidad objetiva.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez, Magistrado de la Sección
UNICO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 221.1 de la LOPJ procede aceptar la abstención formulada por el Magistrado Excmo. Sr. Don Jorge , a la vista del escrito de abstención formulado por el Magistrado.
La manifestación en la que el Magistrado Excmo. Sr. Don Jorge afirma que desea evitar toda duda o sospecha de falta de imparcialidad objetiva determina que se resuelva este incidente sin mas trámites.
Estimar justificada la abstención del Excmo. Sr. Don Jorge y apartado definitivamente del conocimiento del recurso y de todas sus incidencias.
Designar Ponente a la Magistrada Excma. Sra. Doña Maria del Pilar Teso Gamella.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados