ATS, 24 de Octubre de 2017
Ponente | JOSE DIAZ DELGADO |
ECLI | ES:TS:2017:11140A |
Número de Recurso | 481/2017 |
Procedimiento | Recurso de Casación Contencioso-Administrativo (L.O. 7/2015) |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
Sección: SEGUNDA
A U T O
Auto: R. CASACION
Fecha Auto: 24/10/2017
Recurso Num.: 481/2017
Fallo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Diaz Delgado
Procedencia: T.S.J.CATALUÑA CON/AD SEC.2
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo
Escrito por:
Nota:
ABSTENCIÓN.
Recurso Num.: 481/2017 R. CASACION
Ponente Excmo. Sr. D.: Jose Diaz Delgado
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo
TRIBUNAL SUPREMO
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN: SEGUNDA
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente:
D. Jose Diaz Delgado
Magistrados:
D. Angel Aguallo Aviles
D. Joaquin Huelin Martinez de Velasco
D. Jose Antonio Montero Fernandez
D. Francisco Jose Navarro Sanchis
D. Jesus Cudero Blas
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.
UNICO.- El Magistrado D. Germán , Presidente de la Sección, mediante escrito fechado el 20 de octubre de 2017, ha solicitado que le sea concedida la abstención en el recurso de casación 481/2017, que se está tramitando en esta Sección Segunda por considerar que, en relación con la sociedad recurrente HIPERCOR S.A., concurre en su persona la situación que como décima causa de abstención incluye el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Diaz Delgado,
EL Exmo. Sr. Magistrado solicitante de la abstención aduce, para apoyar la abstención que postula que
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Su hija María Angeles está a la espera de que se decida una solicitud de empleo que ha hecho llegar a personas directivas del grupo empresarial de la sociedad mercantil recurrente.
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. Lo expuesto hace fundado, a su entender, apreciar que concurre formalmente en su persona la clase de interés que configura la décima causa de abstención incluida en el citado art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ; y, sobre todo, le coloca ante la ciudadanía en una posición de vinculación con uno de los litigantes que puede comprometer la imagen de neutralidad que debe caracterizar la función jurisdiccional para que no resulte quebrantada la confianza social en la Administración de justicia (elemento esencial e imprescindible, según conocida jurisprudencia, para el debido funcionamiento del modelo de convivencia que es el Estado de Derecho).
La abstención debe declararse justificada ante las circunstancias alegadas, ya que las causas de abstención y recusación están dirigidas a preservar los valores de neutralidad e imparcialidad del órgano jurisdiccional.
Declarar justificada la abstención en el presente recurso de casación num. 481/17 solicitada por el Excmo. Sr. Magistrado D. Germán , quedando la Sección que conocerá del recurso constituida por los Magistrados D. Jose Diaz Delgado que actuará como Presidente de la Sección, D. Angel Aguallo Aviles, D. Joaquin Huelin Martinez de Velasco, D. Jose Antonio Montero Fernandez, D. Francisco Jose Navarro Sanchis, D. Jesus Cudero Blas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados
D. Jose Diaz Delgado D. Angel Aguallo Aviles
D. Jose Antonio Montero Fernandez D. Francisco Jose Navarro Sanchis
D. Jesus Cudero Blas