ATS, 14 de Septiembre de 2017

PonenteEDUARDO ESPIN TEMPLADO
ECLIES:TS:2017:7856A
Número de Recurso438/2017
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de septiembre de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO .- En fecha 18 de julio de 2017 se ha dictado auto en las presentes actuaciones por el que se admite la intervención en el mismo, como partes recurrentes, de Uber, BV, de UNAUTO VTC y de Maxi Mobility Spain, S.L.U.

Notificado el mismo a las partes, la codemandada Asociación Profesional Elite Taxi ha interpuesto recurso de reposición contra dicha resolución, solicitando que se acuerde revocar el pronunciamiento de admisión de la intervención de las mercantiles Uber, BV y Maxi Mobility Spain, S.L.U.

Se ha dado traslado del citado escrito a las demás partes personadas, habiendo presentado sendos escritos impugnado el mismo las representaciones procesales de Uber, BV y de Maxi Mobility Spain, S.L.U. También ha presentado escrito el Abogado del Estado, solicitando que el recurso sea estimado.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO .- Mediante Auto de esta Sala de 18 de julio de 2017 se aceptó la intervención como recurrentes de Uber, BV, Maxi Mobility Spain, S.L.U., y Unauto VTC.

La codemandada Asociación Profesional Elite Taxi interpone recurso de reposición frente a la citada resolución y solicita que se revoque la decisión en relación con Uber, BV y Maxi Mobility Spain, S.L.U.

La petición debe ser desestimada. En el referido Auto declarábamos que el interés directo de las citadas sociedades era evidente, consideración que ahora ratificamos. En efecto, frente a lo que sostiene la recurrente, el interés directo en el presente litigio no queda circunscrito a que las citadas empresas sean titulares de autorizaciones de arrendamientos de vehículos con conductor. El hecho de que sean sociedades que intermedian entre usuarios finales y titulares de licencias VTC les otorga una clara legitimación, puesto que la regulación del arrendamiento de vehículos con conductor afecta directamente a la actividad desarrollada por ellas, como ambas aducen en sus escritos.

Se imponen las costas a la parte que ha promovido el recurso, hasta un máximo de 300 euros por todos los conceptos legales y por cada parte que ha presentado alegaciones en el incidente.

LA SALA ACUERDA:

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Asociación Profesional Elite Taxi contra el auto dictado el 18 de julio de 2017 en las presentes actuaciones. Se imponen las costas del mismo a la parte recurrente en reposición conforme a lo expresado en el razonamiento jurídico único in fine.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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