ATS, 5 de Julio de 2017
Ponente | ANTONIO SALAS CARCELLER |
ECLI | ES:TS:2017:6764A |
Número de Recurso | 1233/2017 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a cinco de Julio de dos mil diecisiete.
La representación procesal de doña Candida presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 31 de enero de 2017 por la Audiencia Provincial de Toledo (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 479/2016 , dimanante del juicio de divorcio n.º 1223/2015 del Juzgado de Primera instancia n.º 2 de Illescas.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Por el Procurador don Alberto Collado Martín, en nombre y representación de doña Candida , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora doña Ana Belén García Isabel, en nombre y representación de don Héctor , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.
Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Antonio Salas Carceller , a los solos efectos de este trámite.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de doña Candida , al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por doña Candida contra la sentencia dictada con fecha de 31 de enero de 2017 por la Audiencia Provincial de Toledo (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 479/2016 , dimanante del juicio de divorcio n.º 1223/2015 del Juzgado de Primera instancia n.º 2 de Illescas.
-
) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.