ATS, 7 de Junio de 2017

PonenteRAFAEL FERNANDEZ VALVERDE
ECLIES:TS:2017:5522A
Número de Recurso5/2017
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a siete de junio de dos mil diecisiete.

HECHOS

PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª. María Inmaculada , Dª. Dulce y Dª. Margarita y en el trámite de formalización de la demanda, se solicitó por la representación procesal de la parte recurrente por medio de otrosí el recibimiento a prueba de estos autos, expresando los puntos de hecho sobre los que ha de versar y proponiendo al propio tiempo los medios de prueba.

SEGUNDO

Pasados los autos a la parte demandada para contestación a la demanda, se procedió a evacuar el traslado conferido, formulando las alegaciones que constan en las actuaciones y oponiéndose al recibimiento a prueba solicitado.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Fernandez Valverde ,

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- A la vista del documento aportado, de las manifestaciones de las recurrentes y del contenido del expediente administrativo, de conformidad con el artículo 60 de la LRJCA , no resulta procedente la apertura del procedimiento a prueba.

LA SALA ACUERDA:

No ha lugar al recibimiento a prueba.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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