ATS, 22 de Febrero de 2017
Ponente | EMILIO FRIAS PONCE |
ECLI | ES:TS:2017:1461A |
Número de Recurso | 51/2017 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de febrero de dos mil diecisiete.
En el recurso contencioso-administrativo nº 51/2017, seguido en esta Sección Sexta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, interpuesto por don Herminio contra el Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 12 de enero de 2012, el magistrado de esta Sala Excmo. Sr. don Secundino , por escrito de 1 de los corrientes, ha comunicado, de conformidad con lo establecido en el artículo 221.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , su decisión de abstenerse del conocimiento de este recurso, por concurrir en su persona la situación de amistad íntima que como novena causa de abstención incluye el artículo 219 de la citada Ley .
Habiendo formulado abstención el ponente del recurso, por providencia de 6 de febrero de 2017, ha sido designado, en su sustitución, el Excmo. Sr.Emilio Frias Ponce.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Emilio Frias Ponce,
ÚNICO.- El solicitante de la abstención aduce para apoyarla que conoce desde hace más de cuarenta años a la familia de don Herminio , que, en su niñez, en la ciudad de Lorca, mantuvo una estrecha relación con sus padres que continuó después, especialmente con su padre, don Pedro Antonio , hasta su fallecimiento, relación caracterizada por un profundo afecto que trascendía del derivado del simple compañerismo.
La abstención debe declararse justificada. Los hechos en que se funda revelan que concurre en la persona del magistrado que se abstiene el nivel de intimidad que eleva la relación de amistad a la causa de abstención establecida en el artículo 219.9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Tener por justificada la abstención del Excmo. Sr. don Secundino en el recurso contencioso-administrativo nº 51/2017 y tenerlo, también, por definitivamente apartado del mismo. Corresponde la ponencia del recurso al Excmo. Sr. Don Emilio Frias Ponce.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designadosD. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez D. Pedro Jose Yague Gil D. Jose Manuel Sieira Miguez D. Emilio Frias Ponce