ATS, 23 de Noviembre de 2016

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:TS:2016:10361A
Número de Recurso356/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Noviembre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de Hister SA e Hifony SL presentó el día 23 de diciembre de 2014 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Decimoctava) en el rollo de apelación n.º 287/2014, de fecha 27 de octubre de 2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 107/2004 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valdemoro.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de fecha 26 de enero de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Formado el presente rollo, el procurador D. Vicente Ruigómez Muriedas, actuando en nombre y representación de las sociedades Hifony SL e Hister SA, presentó el día 3 de febrero de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª Ana Prieto Lara-Barahona, actuando en nombre y representación de D. Maximino , presentó el día 3 de febrero de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrida. El procurador D. Luis Pozas Osset, en nombre y representación de D. Norberto y D.ª Aurora , presentó el día 10 de marzo de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrida.

CUARTO

Por providencia de fecha 21 de septiembre de 2016 se puso de manifiesto a las partes personadas ante esta sala las posibles causas de inadmisión del recurso.

QUINTO

La parte recurrente presentó escrito de fecha 3 de octubre de 2016 solicitando auto admitiendo el recurso. El procurador D. Luis Pozas Osset presentó escrito interesando la inadmisión del recurso. La procuradora D.ª Ana Prieto Lara-Barahona presentó escrito de fecha 4 de octubre de 2016 interesando la inadmisión del recurso.

SEXTO

La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

A la vista del escrito de alegaciones presentado por la parte recurrente, procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de Hister SA e Hifony SL, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal, por ser la recurrida una sentencia dictada en segunda instancia que pone fin a un proceso tramitado por las normas del juicio ordinario por razón de la cuantía superior a 600.000 euros, y plantear el recurso cuestiones que exceden de la fase de admisión y deben ser examinadas en la fase de decisión, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 474 LEC , la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de Hister SA e Hifony SL, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Decimoctava), en fecha 27 de octubre de 2014 .

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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