ATS, 22 de Junio de 2016
Ponente | ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO |
ECLI | ES:TS:2016:6683A |
Número de Recurso | 54/2016 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de Junio de dos mil dieciséis.
La representación procesal de D.ª Zaira presentó el 9 de junio de 2015 escrito interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 30 de abril de 2015 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24.ª), en el rollo de apelación n.º 1045/2014 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas n.º 497/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Pozuelo de Alarcón.
Mediante Diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
La procuradora D.ª M.ª Teresa Quesada Martínez, en nombre y representación de D. Lucio , presentó escrito de fecha 11 de enero de 2016 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida. El procurador D. José Pedro Vila Rodríguez, en nombre y representación de D.ª Zaira , presentó escrito de fecha 10 de marzo de 2016 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Zaira al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2.3º, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso al Ministerio Fiscal y a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días.
LA SALA ACUERDA
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Zaira contra la sentencia dictada con fecha de 30 de abril de 2015 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24.ª), en el rollo de apelación n.º 1045/2014 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas n.º 497/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Pozuelo de Alarcón.
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) Entréguese copia del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal y a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
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Auto Aclaratorio TS, 11 de Noviembre de 2020
...de subsanación y complemento en los términos previstos en el art. 215 LEC ( AATS de 6 de julio de 2016, rec. 2824/2014; de 22 de junio de 2016, rec. 2369/2013; de 17 de febrero de 2014, rec. 1126/2011; de 3 de abril de 2014, rec. 476/2012; y de 7 de abril de 2014, rec. 2398/2011, entre La s......