ATS, 19 de Mayo de 2016

PonenteMANUEL VICENTE GARZON HERRERO
ECLIES:TS:2016:5234A
Número de Recurso3591/2015
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO .- Por la Letrado de la Junta de Andalucía, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 1 de octubre de 2015 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del T.S.J de Andalucía, en el recurso 117/2015 , sobre solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones del canon de regulación de regadíos y de la tarifa de utilización de agua.

SEGUNDO .- Por Providencia de 9 de marzo de 2016, se acordó poner de manifiesto a las partes, para alegaciones, por plazo común de diez días, la posible causa de inadmisión del recurso siguiente: estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 600.000 euros, en relación con la liquidación 0472000461231, en concepto de tarifa de utilización de agua, cuyo importe, según consta en la resolución objeto de impugnación en la instancia, asciende a la cantidad de 540.145,76 euros ( arts 86.2.b ) y 41.3) LJCA ). El referido trámite ha sido evacuado por ambas partes.

TERCERO .- La parte recurrente -JUNTA DE ANDALUCÍA-, con ocasión de la providencia de 9 de marzo de 2016, ha presentado escrito, que obra unido al rollo del casación, en el que solicita se le tenga por desistida de la liquidación 0472000461231, aportando autorización al efecto, habiéndose dictado decreto de fecha 20 de abril de 2016, teniéndola por desistida en relación con dicha liquidación.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzon Herrero , Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO .- La Sentencia impugnada estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Comunidad de Regantes del Bajo Guadalquivir contra la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Agencia Tributaria en Andalucía, de fecha 10 de diciembre de 2014 que, desestimó su solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones 0472000461231, en concepto de tarifa de utilización de agua, por importe de 540.145,876 euros, y 0472000461173, del canon de regulación de regadíos, por importe de 2.237.925,45 euros, correspondiente a la campaña 2010, giradas por la extinta Agencia Andaluza del Agua (Consejería de Medio Ambiente).

SEGUNDO .- No es necesario pronunciarse sobre la causa de inadmisión del recurso contenida en la providencia 9 de marzo de 2016 , teniendo en cuenta que la parte recurrente ha desistido de la liquidación 0472000461231 y, en consecuencia, su recurso queda circunscrito a la liquidación 0472000461173, en concepto de canon de regulación de regadíos, por importe de 2.237.925,45 euros.

Por lo expuesto,

LA SALA ACUERDA:

declarar la admisión del recurso de casación interpuesto por la JUNTA DE ANDALUCÍA contra la Sentencia de 1 de octubre de 2015 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del T.S.J de Andalucía, en el recurso 117/2015 ; con remisión de las actuaciones a la Sección Segunda, de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo, de conformidad con las reglas de reparto.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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