ATS, 11 de Mayo de 2016

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2016:4022A
Número de Recurso1615/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Mayo de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de D. Luis Francisco presentó el día 29 de abril de 2015 escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 17 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Sevilla (sección 2ª), en el rollo de apelación n.º 1943/2014 , dimanante de los autos de liquidación de sociedad de gananciales nº 106/2011 del Juzgado de primera instancia n.º 5 de los de Dos Hermanas.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de 15 de mayo de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 20 de mayo siguiente.

TERCERO

El procurador D. Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de D. Luis Francisco , presentó escrito ante esta Sala el 25 de mayo de 2015, personándose en concepto de parte recurrente, al tiempo que la procuradora D.ª María Victoria Brualla Gómez de la Torre, en nombre y representación de D.ª Sonsoles , presentó escrito el día 24 de junio de 2015, personándose en concepto de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso interpuesto por la representación procesal de D. Luis Francisco , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de D. Luis Francisco , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

PRIMERO

Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Luis Francisco contra la sentencia dictada, con fecha 17 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Sevilla (sección 2ª), en el rollo de apelación nº 1943/2014 , dimanante de los autos de liquidación de sociedad de gananciales nº 106/2011 del Juzgado de primera instancia nº 5 de los de Dos Hermanas.

SEGUNDO

Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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