ATS, 4 de Abril de 2016

PonenteJOSE MANUEL LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA
ECLIES:TS:2016:3469A
Número de Recurso2000/2015
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Abril de dos mil dieciséis.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Lopez Garcia de la Serrana

HECHOS

ÚNICO.- En el incidente sobre la admisión a trámite del recurso origen de estas actuaciones, la parte recurrida presentó escrito oponiéndose y al que acompañó dos sentencias firmes dictadas por dos Juzgados de lo Social de Barcelona.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Las dos sentencias aportadas han adquirido firmeza después de ser recurrida la que es objeto del presente recurso. Y, como en ellas se resuelve sobre hechos relacionados con los que son objeto de estudio y resolución en el presente recurso, procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 233 de la L.J .S., acordar la unión a los autos de esos documentos y oír sucesivamente por cinco días a cada una de las partes por su orden para que formulen alegaciones sobre la repercusión que tienen esos documentos en orden a la admisión a trámite del recurso y a su posterior resolución, sin perjuicio de que la valoración de la trascendencia de esos documentos se haga por este Tribunal a la hora de resolver sobre la admisión a trámite del recurso o sobre la cuestión de fondo que plantea.

LA SALA ACUERDA:

Unir a los autos los documentos a los que se refiere esta resolución, aportados por la representación legal de la recurrida Doña Rocío y seguir el trámite señalado en el cuerpo de la misma, así como que luego continúe la tramitación del incidente de inadmisión.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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