ATS, 12 de Abril de 2016
Ponente | ANGEL RAMON AROZAMENA LASO |
ECLI | ES:TS:2016:3056A |
Número de Recurso | 2231/2015 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a doce de abril de dos mil dieciséis.
Con fecha 13 de marzo de 2016 se dictó providencia en el presente recurso contencioso-administrativo acordando la suspensión de la tramitación de dicho recurso ante la imposibilidad material de tramitar de manera regular el elevadísimo número de procedimientos de los que ejercitan una acción de responsabilidad patrimonial por los perjuicios derivados de la aplicación del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
Contra la citada providencia y por la Procuradora de los Tribunales Dª. Vera Gema Conde Ballesteros, en nombre y representación de la mercantil "BOMBEOS DE HORMIGÓN CABALLER, S.L.", se presenta escrito interponiendo recurso de reposición.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Angel Ramon Arozamena Laso,
ÚNICO .- El recurso de reposición no puede ser acogido porque la parte recurrente no justifica, ni acredita, la concurrencia de perjuicios de imposible o difícil reparación, derivados de la suspensión de la tramitación del presente recurso acordado en la providencia impugnada. Así, la alegada situación de la recurrente - que habría presentado en junio de 2011 demanda de declaración de concurso en el Juzgado de lo Mercantil de Tarragona, aprobándose el correspondiente convenio, y la necesidad de liquidación de dicha mercantil-, y los perjuicios que la actual y provisional suspensión de la tramitación de este recurso le ocasionan, no resultan acreditados.
Además no aporta la documentación justificativa de la situación a la que la recurrente dice estar sometida.
Y, en su caso, la actualización del importe reclamado estaría garantizada con los correspondientes intereses legales.
Por todo ello,
Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Vera Gema Conde Ballesteros en nombre y representación de la mercantil "BOMBEOS DE HORMIGÓN CABALLER, S.L." contra la providencia de 13 de marzo de 2016.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados