ATS, 18 de Febrero de 2016
Ponente | LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ |
ECLI | ES:TS:2016:2081A |
Número de Recurso | 54/2015 |
Procedimiento | Cuestión de Competencia |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil dieciséis.
ÚNICO .- Por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se remiten, junto con exposición razonada, las actuaciones del recurso contencioso-administrativo nº 126/2015 , por considerar que corresponde a este Alto Tribunal el conocimiento de dicho recurso. Dado el oportuno traslado al Ministerio Fiscal, emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer corresponde al Tribunal Supremo. En el mismo sentido se pronuncia la representación procesal de la mercantil "Manuel Alba, S.A.", parte recurrente.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, Presidente de la Sala
ÚNICO .- La presente exposición tiene su origen en la impugnación por la mercantil "Manuel Alba, S.A." del Acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en su reunión del día 27 de febrero de 2015, desestimatoria de la solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador formulada con sustento en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de febrero de 2014 , en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
A la vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción , la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a quien corresponde conocer en única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones del Consejo de Ministros.
En su virtud,
-
- Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil "Manuel Alba, S.A." contra el Acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en su reunión del día 27 de febrero de 2015.
-
- Remitir las presentes actuaciones a la Sección Cuarta de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso- administrativo.
-
- Poner esta resolución en conocimiento de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y
-
- Notificar la presente resolución a las partes personadas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados