ATS, 5 de Octubre de 2015
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2015:7645A |
Número de Recurso | 2235/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a cinco de Octubre de dos mil quince.
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- La representación procesal de "PROTEIN SUPPLIES, S.L" presentó el día 16 de julio de 2014 escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha 11 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta), en el rollo de apelación nº 265/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 460/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.
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- Mediante diligencia de ordenación de fecha 3 de septiembre de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.
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- El procurador D. Felipe Juanas Blanco, en nombre y representación de "PROTEIN SUPPLIES, S.L" presentó escrito ante esta Sala con fecha 17 de octubre de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Pablo Sorribes Calle, en nombre y representación de D. Nemesio , Dª Isidora , DIAGONAL TRESNOUDOS, S.L., PERMOBAGE, S.L., SWISS PROTEINE, S.L. y LABORATORIO SUICO, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 21 de octubre de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.
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- Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
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- Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de "PROTEIN SUPPLIES, S.L" al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC .
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- De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "PROTEIN SUPPLIES, S.L" contra la sentencia dictada con fecha 11 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta), en el rollo de apelación nº 265/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 460/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.
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) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.