ATS, 9 de Julio de 2015

PonenteJOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ
ECLIES:TS:2015:6566A
Número de Recurso10/2015
ProcedimientoCuestión de Competencia
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil quince.

HECHOS

ÚNICO .- Por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se remiten, junto con exposición razonada, las actuaciones del procedimiento ordinario nº 411/2014, por considerar que corresponde a este Alto Tribunal el conocimiento de dicho recurso.

Dado el oportuno traslado al Ministerio Fiscal, emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer corresponde a esta Sala del Tribunal Supremo.

Dado traslado a la parte recurrente para alegaciones sobre la cuestión de competencia planteada, solicita que se acepte la competencia.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez, Presidente de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO .- La presente exposición tiene su origen en la impugnación por parte de la "Asociación Impulso Ciudadano", la "Asociación Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña", la "Asociación por la Tolerancia" y "Galicia Bilinge" del Real Decreto 591/2014, de 11 de julio, por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos al reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización previstos en el apartado 4 de la disposición adicional trigésimo octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación .

A la vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción , la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

  1. - Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la "Asociación Impulso Ciudadano", la "Asociación Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña", la "Asociación por la Tolerancia" y "Galicia Bilingüe" del Real Decreto 591/2014, de 11 de julio, por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos al reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización previstos en el apartado 4 de la disposición adicional trigésimo octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación .

  2. - Remitir las presentes actuaciones a la Sección Cuarta de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso- administrativo.

  3. - Poner esta resolución en conocimiento de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y

  4. - Notificar la presente resolución a las partes personadas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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