ATS, 16 de Julio de 2015

PonenteMANUEL VICENTE GARZON HERRERO
ECLIES:TS:2015:6544A
Número de Recurso3373/2014
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución16 de Julio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Julio de dos mil quince.

HECHOS

ÚNICO .- Por Auto de 27 de abril de 2015 se acordó declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Alicante contra el Auto de 23 de mayo de 2014 -confirmado posteriormente en reposición- dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso número 1665/1997 , imponiendo a la citada parte recurrente las costas procesales causadas, señalándose como cantidad máxima a reclamar por la parte recurrida, por todos los conceptos, la de 1.500 euros.

Contra el referido Auto se ha interpuesto, mediante escrito presentado el 29 de mayo de 2015, recurso de súplica por el Ayuntamiento de Alicante -si bien, debe entenderse que interpone recurso de reposición-.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzon Herrero , Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO .- Conforme establece el artículo 93.6 de la LRJCA contra los Autos que acuerden la admisión o la inadmisión del recurso de casación no se dará recurso alguno, por lo que el presente recurso de reposición no puede ser admitido a trámite.

SEGUNDO .- Procede, pues, inadmitir el recurso de reposición, sin que haya lugar a pronunciamiento alguno sobre las costas.

En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

Inadmitir el recurso de reposición interpuesto por el Ayuntamiento de Alicante contra el Auto de 27 de abril de 2015, que se confirma, sin hacer expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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