ATS, 8 de Julio de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:5516A
Número de Recurso1685/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se presentó escrito con fecha de 5 de junio de 2014 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 7 de mayo de 2014 por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 346/2014 , dimanante del incidente concursal nº 335.11/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 18 de junio de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - Por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se presentó escrito con fecha de 1 de julio de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el administrador concursal Don Indalecio se presentó escrito con fecha de 18 de agosto de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL por cumplir con los requisitos legales determinados para su admisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada con fecha de 5 de junio de 2014 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 7 de mayo de 2014 por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 346/2014 , dimanante del incidente concursal nº 335.11/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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