ATS, 29 de Abril de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso31/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Santiaga presentó el día 16 de diciembre de 2014, escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 13 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 338/2014 , dimanante de los autos de modificación de medidas nº 57/2014 del Juzgado de primera instancia nº 2 de Amurrio.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 19 de diciembre de 2014, la Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso, remitiéndose las actuaciones al Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes el día 23 de diciembre de 2014.

  3. - La procuradora Dª. Paloma Briones Torralba, en nombre y representación de Dª. Santiaga , mediante escrito de 12 de enero de 2015, se personó en concepto de recurrente, no personándose el recurrido, D. Rogelio .

  4. - La parte recurrente ha constituido el depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Santiaga , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación procesal de Dª. Santiaga , con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Santiaga contra la sentencia dictada, con fecha 13 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 338/2014 , dimanante de los autos de modificación de medidas nº 57/2014 del Juzgado de primera instancia nº 2 de Amurrio.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 483.5 LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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