ATS, 29 de Abril de 2015
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
Número de Recurso | 1334/2014 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil quince.
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- Por la representación procesal de "BRIKOTALLER EDITORIAL S.L.", con fecha 13 de mayo de 2014 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 24 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 284/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1490/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid.
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- Por diligencia de ordenación de fecha 19 de mayo de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Pablo Sorribes Calle, en nombre y representación de "BRIKOTALLER EDITORIAL S.L.", presentó escrito de fecha 23 de mayo de 2014, personándose en calidad de parte recurrente . No se ha personado en el recurso la parte recurrida.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "BRIKOTALLER EDITORIAL S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .
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- No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000 , al no haberse personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la para la votación y fallo del recurso.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "BRIKOTALLER EDITORIAL S.L." contra la Sentencia dictada, en fecha 24 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 284/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1490/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid.
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) Y queden los presentes autos pendientes de señalamiento del día y hora para la votación y fallo del recurso interpuesto.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.