ATS, 4 de Marzo de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso1120/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Marzo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Benigno y UNGRÍA PATENTES Y MARCAS, S.A. presentó recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 13 de febrero de 2014 aclarada por auto de 12 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación n.º 330/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario 2232/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 37 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, habiéndose notificado y emplazado a las partes litigantes, por medio de sus respectivos procuradores.

  3. - La procuradora Dña. M.ª Macarena Rodríguez Ruiz, en nombre y representación de D. Benigno y UNGRÍA PATENTES Y MARCAS, S.A., presentó escrito que tuvo entrada en el Registro General del Tribunal Supremo el 24 de abril de 2014 personándose como recurrente. Mediante escrito presentado el 29 de abril de 2014, la procuradora Dña. M.ª Angeles Almansa Sanz, se personaba en nombre y representación de HUNTSMAN INTERNATIONAL LLC, en concepto de parte recurrida.

  4. La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Benigno y UNGRÍA PATENTES Y MARCAS, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D. Benigno y UNGRÍA PATENTES Y MARCAS, S.A. contra la sentencia dictada, con fecha 13 de febrero de 2014 aclarada por auto de 12 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación n.º 330/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario 2232/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 37 de Madrid.

  2. Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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