ATS, 5 de Febrero de 2015

PonenteJOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ
Número de Recurso61/2014
ProcedimientoCuestión de Competencia
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

ÚNICO .- Por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se remiten, junto con exposición razonada, los autos nº 389/2014, por considerar que corresponde al Tribunal Supremo el conocimiento de dicho recurso.

Dado traslado al Ministerio Fiscal, emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer corresponde a esta Sala del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12.1.a) de la LRJCA . En el mismo sentido se pronuncia el Abogado del Estado.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez, Presidente de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO .- La presente exposición tiene su origen en la impugnación por la mercantil "Cogeneración J. Vilaseca, S.L." de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Mediante acuerdo de 12 de junio de 2014, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha autorizado al Ministro de Industria, Energía y Turismo a dictar la anterior orden. A la vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción , la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a quien corresponde conocer en única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

En este mismo sentido y entre otros, Autos de fecha 22 de abril de 2010 (cuestiones de competencia 72/2009, 111/2009).

En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

  1. - Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil "Cogeneración J. Vilaseca, S.L." de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio.

  2. - Remitir las presentes actuaciones a la Sección Tercera de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso- administrativo.

  3. - Poner esta resolución en conocimiento de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y

  4. - Notificar la presente resolución a las partes personadas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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