ATS, 25 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso859/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Adela presentó el día 14 de marzo de 2014 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 12 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 12ª), en el rollo de apelación nº 9/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 517/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martorell.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 19 de marzo de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 24 de marzo de 2014.

  3. - El procurador D. Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y representación de Dª, Adela , presentó escrito ante esta Sala con fecha 26 de marzo de 2014, personándose en calidad de recurrente . La procuradora Dª. Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de D. Lorenzo , presentó escrito el día 1 de abril de 2014, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª. Adela , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de Dª. Adela , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Adela contra la sentencia dictada, con fecha 12 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 12ª), en el rollo de apelación nº 9/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 517/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martorell.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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