ATS, 16 de Diciembre de 2014

PonenteNICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
Número de Recurso395/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil catorce.

HECHOS

PRIMERO

Por auto de 7 de mayo de 2014 se acordó el recibimiento a prueba y la admisión de la que fue propuesta para los extremos 1,2, 3, 4, y 7 indicados en el Otrosí del escrito de demanda, así como la denegación de los restantes medios de prueba propuestos.

SEGUNDO

Por escrito presentado el 26 de mayo de 2014 la parte recurrente, invocando lo acordado en el auto antes mencionado, señaló los medios probatorios que proponía.

TERCERO

El auto de 26 de junio de 2014 accedió a las pruebas propuestas.

CUARTO

La Abogacía del Estado ha planteado recurso de reposición frente al auto de 26 de junio de 2014, del que se ha dado traslado a la parte contraria con el resultado que consta en las actuaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen, Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Las pruebas solicitadas por la parte recurrente en su escrito presentado el 26 de mayo de 2014 fueron una reiteración de las solicitadas en el Otrosí de la demanda, cuya admisión había ya decidido el auto de 7 de mayo de 2014 no impugnado en su momento por la Abogacía del Estado.

Por lo cual, pese a lo que en él se expresó por error, el auto de 26 de junio de 2014 no ha conllevado el resultado de una admisión de pruebas diferentes de las que lo fueron en ese anterior auto de 7 de mayo de 2014.

Consiguientemente, procede la desestimación del recurso de suplica.

LA SALA ACUERDA:

Desestimar el recurso de reposición planteado por el Abogado del Estado frente al auto de 26 de junio de 2014.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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