ATS, 11 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso823/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DOÑA Evangelina Y DON Feliciano se presentó escrito interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 24 de abril de 2013 por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 521/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 1108/2011 del Juzgado de Primera instancia nº 2 de Gijón.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha de 14 de marzo de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a los litigantes y al Ministerio Fiscal.

  3. - Por la Procuradora Doña Marta de la Paz Martínez Vega, en nombre y representación de DOÑA Evangelina y DON Feliciano , se presentó escrito con fecha de 30 de abril de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don Florencio Aráez Martínez, en nombre y representación de la entidad mercantil MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS, S.A., se presentó escrito con fecha de 24 de marzo de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DOÑA Evangelina Y DON Feliciano , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de DOÑA Evangelina Y DON Feliciano contra la sentencia dictada con fecha de 24 de abril de 2013 por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 521/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 1108/2011 del Juzgado de Primera instancia nº 2 de Gijón.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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