ATS, 4 de Febrero de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso642/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.", con fecha 19 de febrero de 2014, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 14/2013 dimanante del juicio ordinario nº 1/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 21 de febrero de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado a las mismas con fecha 25 de febrero de 2014.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora Dª Ana LLorens Pardo, en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de marzo de 2014 personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Fuencisla Gozalo Sanmillan, en nombre y representación de "MONEY EXPRESS TRANSFER, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Eduardo Baena Ruiz , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 14/2013 dimanante del juicio ordinario nº 1/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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