ATS, 4 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso860/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." se han interpuesto recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, en fecha 5 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 337/2013 dimanante del juicio ordinario nº 568/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Granada.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 14 de marzo de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las mismas con fecha 19 de marzo de 2014.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D Esteban Jabardo Margareto, en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.", con fecha 7 de abril de 2014 presentó escrito ante esta Sala personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Patricia Rosch Iglesias, en nombre y representación de "EXPLOTACIONES LA VEGA, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de abril de 2014 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." contra la sentencia dictada, en fecha 5 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 337/2013 dimanante del juicio ordinario nº 568/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Granada.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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