ATS, 28 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso2747/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Don Juan María , presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 17 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 5295/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1073/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Sevilla.

  2. - Por diligencia de ordenación, de 5 de noviembre de 2013, se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, consta notificada dicha resolución a los procuradores de las partes.

  3. - Formado el presente rollo, por la procuradora Doña Yolanda Jiménez Alonso, se ha presentado escrito con fecha 5 de diciembre de 2013, en nombre y representación de Don Juan María personándose como parte recurrente. Por escrito presentado el 20 de diciembre de 2013, el procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, se personaba en nombre y representación de doña Teodora , como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal Don Juan María , al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , de LEC 2000 , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado y de los documentos adjuntos, en su caso, a la parte recurrida, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - El art. 483.5 LEC 2000 establece que contra el auto que decida sobre la admisión del recurso de casación, no se dará recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Don Juan María contra la sentencia dictada, con fecha 17 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 5295/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1073/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Sevilla.

  2. - Dar traslado del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, y de los documentos adjuntos en su caso, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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