ATS, 21 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso1562/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. Por las representaciones procesales de Maximino y Angelica se han interpuesto sendos recursos de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 24 de abril de 2014, por la Audiencia Provincial de Jaén (sección 1ª), en el rollo nº 21/2014 dimanante de los autos de oposición a resolución administrativa de desamparo nº 526/2012, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Jaén .

  2. Por diligencia de fecha 3 de junio de 2014 se tuvo por interpuestos los recurso y se acordó la remisión de los autos a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.

  3. La procuradora Cristina Gramage López fue designada por el turno de oficio para ostentar la representación de Maximino , y la procuradora Mª del Carmen Echevarría Terroba, también del turno de oficio, fue designada para representar a Angelica . Asimismo, la Letrada de la Junta de Andalucía, presentó escrito el 18 de junio de 2014, personándose en concepto de parte recurrida. Es parte interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. La parte recurrente no efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al ser beneficiaria del derecho de asistencia jurídica gratuita.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir los recursos de casación interpuestos, al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC , por las representaciones procesales de Maximino y Angelica , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y al Ministerio Fiscal para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Maximino contra la Sentencia dictada, en fecha 24 de abril de 2014, por la Audiencia Provincial de Jaén (sección 1ª), en el rollo nº 21/2014 dimanante de los autos de oposición a resolución administrativa de desamparo nº 526/2012, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Jaén .

  2. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Angelica contra la Sentencia dictada, en fecha 24 de abril de 2014, por la Audiencia Provincial de Jaén (sección 1ª), en el rollo nº 21/2014 dimanante de los autos de oposición a resolución administrativa de desamparo nº 526/2012, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Jaén .

  3. Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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