ATS, 4 de Noviembre de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso2627/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT) presentó el día 25 de octubre de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 24 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 338/2013 , dimanante de concurso abreviado nº 316/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 7 de noviembre de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - El Abogado del Estado, en representación y defensa de la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT), presentó escrito ante esta Sala con fecha 26 de noviembre de 2013 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador don Germán Marina y Grimau, en nombre y representación de HOSTYOCI, SA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de noviembre de 2013 personándose en calidad de parte recurrida. La ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE HOSTYOCI, SA, y como administrador concursal don Iván , presentó escrito en fecha 26 de diciembre de 2013, solicitando que se le notifique a través del procurador de la mercantil HOSTYOCI, SA.

  4. - La parte recurrente se encuentra exenta de efectuar el depósito para recurrir, de conformidad con la Disposición Adicional 15ª , número 5, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT), al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2 , LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT), contra la sentencia dictada con fecha 24 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 338/2013 , dimanante de concurso abreviado nº 316/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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