ATS, 2 de Septiembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:6674A
Número de Recurso1690/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D.ª Teresa presentó escrito de interposición del recurso de casación el 10 de julio de 2013 contra la sentencia dictada, con fecha 24 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de La Rioja, en el rollo de apelación nº 580/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 2400/2009 del Juzgado de primera instancia n. º 2 de Logroño

  2. - Mediante providencia de 12 de julio de 2013, se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo con emplazamiento a las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes.

  3. - La procuradora D.ª M.ª Dolores Girón Arjonilla en nombre y representación de Levalta S.L. presentó escrito ante esta Sala de fecha 15 de julio de 2013 personándose en concepto de recurrida. El procurador D. Manuel Infante Sánchez en nombre y representación de D.ª Teresa presentó escrito de fecha 18 de septiembre de 2013, personándose en concepto de recurrente.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Sebastian Sastre Papiol

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Teresa al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2 , LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN formalizado por la representación procesal de D.ª Teresa contra la sentencia dictada, con fecha 24 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de La Rioja, en el rollo de apelación nº 580/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 2400/2009 del Juzgado de primera instancia n.º 2 de Logroño.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado por la representación procesal de la parte recurrente con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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