ATS, 24 de Junio de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:5351A
Número de Recurso2426/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución24 de Junio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad Mercantil "Caser Grupo Asegurador S.A." presentó el día 16 de octubre de 2013 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 9 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección Algeciras) en el rollo de apelación n.º 118/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 506/2011 del Juzgado de lo mercantil nº 1 de la Línea de la Concepción.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 25 de octubre de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes.

  3. - Formado el presente rollo, por el procurador de los tribunales Dª. Andrea de Dorremochea Guiot se ha presentado escrito con fecha 30 de octubre de 2013, en nombre y representación de la entidad "Caser Grupo Asegurador S.A.", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, por el procurador D. Enrique Claver Rodrigo se ha presentado escrito con fecha 17 de diciembre de 2013, en nombre y representación de D. Augusto , personándose en concepto de parte recurrida y oponiéndose al recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formulado de contrario.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de entidad "Caser Grupo Asegurador S.A.", al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2.LEC y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 479.1 y 4 y 481 de la misma Ley procesal , no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de entidad "Caser Grupo Asegurador S.A." contra la Sentencia dictada con fecha de 9 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección Algeciras), en el rollo de apelación nº 118/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 506/2011 del Juzgado de Primera instancia nº 1 de la Línea de la Concepción.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación interpuesto, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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