ATS, 25 de Febrero de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:1534A
Número de Recurso1601/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Febrero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. Por la representación procesal de Comercial Soria SA se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 15 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 11ª), en el rollo nº 247/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2234/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcobendas.

  2. Por diligencia de fecha 26 de junio de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de los autos a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.

  3. La procuradora Myriam Álvarez del Valle Lavesque, en nombre y representación de Comercial Soria SA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. El procurador Jorge Joaquín Bernabeu Trave, en nombre y representación de Schering-Plough SA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 12 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrida y oponiéndose a la admisión del recurso.

  4. La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso de casación interpuesto, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 LEC , por la representación procesal de Comercial Soria SA, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. No procede hacer pronunciamiento en este momento sobre las causas de inadmisión invocadas por la parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

  3. De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Comercial Soria SA contra la Sentencia dictada, en fecha 15 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 11ª), en el rollo nº 247/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2234/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcobendas.

  2. Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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