ATS, 9 de Septiembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:6873A
Número de Recurso2772/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la mercantil EDICIONES EL PAÍS, SL, con fecha 14 de noviembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 11 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 50/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1256/2011, del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Barcelona.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 4 de diciembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la mercantil EDICIONES EL PAÍS, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de diciembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora doña Gema de Luis Sánchez, en nombre y representación de DOÑA Josefa y DOÑA Mariola presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de enero de 2014, personándose en calidad de parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil EDICIONES EL PAÍS, SL, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil EDICIONES EL PAÍS, SL, contra la sentencia dictada, en fecha 11 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 50/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1256/2011, del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Barcelona.

  2. ) Y, de conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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