ATS, 22 de Julio de 2014

PonenteRAMON TRILLO TORRES
ECLIES:TS:2014:6341A
Número de Recurso445/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Julio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de julio de dos mil catorce.

Dada cuenta y

HECHOS

PRIMERO

Por la Procuradora de los Tribunales doña María Jesús Gutiérrez Aceves, en nombre y representación del recurrente, E.ON GENERACIÓN, se ha presentado escrito en fecha 5 de junio de 2014 solicitando terminado el procedimiento al haberse producido la satisfacción extraprocesal de sus pretensiones de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 74 y 76 de la LRJCA y 22 de la LEC . Y ello por haberse producido el reintegro de las cantidades (debidamente actualizadas) satisfechas por E.ON GENERACIÓN en concepto de financiación del bono social entre los años 2009 y 2012.

SEGUNDO

Dada traslado del anterior escrito al Abogado del Estado, éste ha presentado escrito en fecha 11 de junio de 2014 en el que solicita se dicte resolución por la que declare la terminación del procedimiento por la desaparición de su objeto con imposición de las costas causadas al recurrente.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Ramon Trillo Torres,

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Reconociendo la parte recurrente que la Administración le ha abonado la cantidad actualizada que reclamaba en el presente procedimiento y dándose por satisfecha extraprocesalmente en su pretensión, sin que aparezca indicio alguno de que este reconocimiento infrinja el ordenamiento jurídico y menos manifiestamente, procede que en aplicación del art. 76 de la LJC y declaremos terminado el procedimiento, sin que haya lugar a imposición de costas a ninguna de las partes.

Por todo ello,

LA SALA ACUERDA:

Declarar terminado el procedimiento, ordenar el archivo del recurso y la devolución del expediente administrativo.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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