ATS, 14 de Julio de 2014

PonenteCANDIDO CONDE-PUMPIDO TOURON
ECLIES:TS:2014:6269A
Número de Recurso1205/2014
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de Julio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Formulado Recurso de casación por el Ministerio Fiscal contra el Auto de 13 de mayo de 2014 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y admitido a trámite por resolución de 2 de julio del presente año, se acuerda para su deliberación y fallo convocar Pleno Jurisdiccional de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo, de conformidad con lo establecido en el art. 197 de la LOPJ .

  2. - En fecha 10 de julio se formuló por la Excma. Sra. Magistrada de esta Sala Doña Loreto escrito de abstención según lo prevenido en el art. 219.15 de la LOPJ , esto es, "...el vínculo matrimonial... con el Juez o Magistrado que hubiera dictado resolución o practicado actuación a valorar por vía de recurso o en cualquier fase ulterior del proceso", figurando como componente de la Sala de lo Penal de DIRECCION000 el Ilmo. Sr. Magistrado Don Armando , al que se refiere dicho vínculo.

  3. - Por Providencia de esta Sala de fecha 10 de julio de 2014 se designa Ponente del presente incidente de abstención al Excmo. Sr. Magistrado Don Candido Conde-Pumpido Touron.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 219.15 de la LOPJ es causa de abstención "...El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o el parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, con el juez o magistrado que hubiera dictado resolución o practicado actuación a valorar por vía de recurso o en cualquier fase ulterior del proceso".

Formulada abstención por la Excma. Sra. Magistrada de esta Sala Doña Loreto , procede en consecuencia y de conformidad con lo preceptuado por el artículo 225.3 de la LOPJ en relación con el art. 227.2 del mismo Texto Legal , resolver sin más trámite el presente incidente y tener por aceptada la causa de abstención formulada por dicha Magistrada, con su consiguiente apartamiento del conocimiento del asunto, que seguirá por los trámites previstos sin su intervención.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

Tener por aceptada la ABSTENCIÓN formulada por la Excma Sr. Magistrada Doña Loreto , para el conocimiento del presente recurso de casación núm. 1/1205/2014, que continuará su tramitación sin su intervención.

Contra el presente Auto no cabe recurso alguno.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

Juan Saavedra Ruiz Candido Conde-Pumpido Touron

Joaquin Gimenez Garcia Andres Martinez Arrieta

Julian Sanchez Melgar Jose Ramon Soriano Soriano

Jose Manuel Maza Martin Miguel Colmenero Menendez de Luarca

Francisco Monterde Ferrer Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

Luciano Varela Castro Manuel Marchena Gomez

Alberto Jorge Barreiro Antonio del Moral Garcia Andres Palomo Del Arco

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