ATS, 1 de Julio de 2014
Ponente | IGNACIO SANCHO GARGALLO |
ECLI | ES:TS:2014:5596A |
Número de Recurso | 2448/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a uno de Julio de dos mil catorce.
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- Las representación procesal de la Federación Profesional del Taxi de Madrid presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 18 de junio de 2013 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10.ª), en el rollo de apelación nº 980/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 2270/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 36 de Madrid.
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- Mediante diligencia de 30 de octubre de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo con emplazamiento a las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes.
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- El procurador D. Ignacio Batlló Ripoll en nombre y representación de D. la Federación Profesional del Taxi presentó escrito ante esta Sala de fecha 11 de noviembre de 2013 personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª M.ª Isabel Roda Martín en nombre y representación de D. Obdulio , D. Valeriano y D. Juan Ignacio presentó escrito de fecha 13 de diciembre de 2013, personándose en concepto de parte recurrida.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la Federación Profesional del Taxi de Madrid al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2 , 3º LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN formalizado por la representación procesal de la Federación Profesional del Taxi de Madrid contra la sentencia dictada, con fecha 18 de junio de 2013 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10.ª), en el rollo de apelación nº 980/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 2270/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 36 de Madrid.
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) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado por la representación procesal de la parte recurrente con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.