ATS, 20 de Marzo de 2014

PonenteRAFAEL FERNANDEZ MONTALVO
ECLIES:TS:2014:2974A
Número de Recurso2015/2013
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

PRIMERO .- Por el procurador de los Tribunales don Cesar Berlanga Torres, en nombre y representación de EL CORTE INGLÉS, S.A. se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 29 de enero de 2013, dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Sexta), en el recurso nº 163/2012 , en materia del Impuesto sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO .- Por providencia de 14 de noviembre de 2013, se acordó poner de manifiesto a las partes, para alegaciones, por plazo común diez días, la posible causa de inadmisión del recurso siguiente: carecer manifiestamente de fundamento el motivo primero del escrito de interposición del recurso de casación articulado con base en el artículo 88.1.d) LRJCA , por falta de correlación entre la infracción denunciada y el cauce procesal utilizado, pues en definitiva bajo la infracción del artículo 76.2 LRJPAC y el 241.2 LGT , lo que realmente esta denunciando es un vicio in procedendo, concretamente, una incongruencia de la sentencia, en la que insiste la parte en el motivo segundo del escrito de interposición y, en consecuencia el cauce procesal adecuado para denunciarlo es el apartado c) del artículo 88.1) LJCA , y no el del d), como efectivamente ha hecho ( artículo 93.2.b) LRJCA ); el referido trámite ha sido evacuado por ambas partes.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Fernandez Montalvo , Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO .- La sentencia impugnada desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de EL CORTE INGLÉS contra la Resolución del TEAC de 2 de noviembre de 2010 que, a su vez, desestimó el recurso de alzada deducido contra la resolución del TEAR de Andalucía de 30 de marzo de 2010, relativo a los datos censales de la matricula del IAE, ejercicio 2007, referido a la superficie computable del establecimiento comercial sito en Genil 20 Granada.

SEGUNDO .- No se aprecia la concurrencia de la causa de inadmisión del recurso puesta de manifiesto a las partes en providencia de 14 de noviembre de 2013, pues a la luz de las alegaciones efectuadas por la parte recurrente con ocasión del trámite abierto en la referida providencia, se aprecia que el motivo contiene una crítica jurídica de la sentencia, incardinable en el apartado d) del artículo 88.1) de la LJCA .

Por lo expuesto,

LA SALA ACUERDA:

Declarar la admisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de EL CORTE INGLÉS, S.A., contra la Sentencia de 29 de enero de 2013 , dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Sexta), en el recurso nº 163/2012 ; y para su sustanciación remítanse las actuaciones a la Sección Segunda de esta Sala del Tribunal Supremo, de conformidad con las reglas de reparto de asuntos.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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