ATS, 25 de Marzo de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:2351A
Número de Recurso1380/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "CEA IBÉRICA CHOCOSTAR, SL" y DON Celso se presentó escrito interponiendo recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 11 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 504/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1087/2009 del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Barcelona.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 30 de mayo de 2013 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes con fecha 3 de junio de 2013.

  3. - Formado el presente rollo, por el procurador Sr. Bordallo Huidobro se han presentado escritos con fechas 15 y 17 de julio de 2013, en nombre y representación de "CEA IBÉRICA CHOCOSTAR, SL" y DON Celso , personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, la procuradora Sra. Azpeitia Bello presentó escritos con fechas 10 y 13 de junio de 2013, en nombre y representación de DOÑA Sonia y DON Juan , personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Sebastian Sastre Papiol, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "CEA IBÉRICA CHOCOSTAR, SL" y DON Celso , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 de la LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "CEA IBÉRICA CHOCOSTAR, SL" y DON Celso contra la sentencia dictada, con fecha 11 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 504/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1087/2009 del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Barcelona.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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