ATS, 18 de Marzo de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:2076A
Número de Recurso1750/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D.ª Alejandra presentó el día 3 de julio de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª), en el rollo de apelación nº 755/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 1024/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Catarroja.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 17 de julio de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - La Procuradora Dª María José Ponce Mayoral, en nombre y representación de la comunidad de propietarios garaje CALLE000 n.º NUM000 y la comunidad de propietarios CALLE000 n.º NUM000 , de Catarroja, Valencia, presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de septiembre de 2013 personándose en calidad de recurrida. Mediante diligencia de 17 de septiembre de 2013 se tuvo por designada por el turno de oficio a la procuradora D.ª Estrella Moyano Cabrera, en nombre y representación de D.ª Alejandra .

  4. - Por la parte recurrente no se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al ser beneficiaria del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Alejandra al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2 , LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN formalizado por la representación procesal de D.ª Alejandra presentó el día 3 de julio de 2013 contra la sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª), en el rollo de apelación nº 755/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 1024/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Catarroja.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado por la representación procesal de la parte recurrente con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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