ATS, 4 de Marzo de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:1530A
Número de Recurso1275/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DOÑA Filomena , con fecha 18 de marzo de 2013 se han interpuesto recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 5 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 207/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 139/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de El Vendrell.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha 23 de mayo de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación, con fecha 27 de mayo de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Doña Mª Ángeles Sánchez Fernández, en nombre y representación de DOÑA Filomena , presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de junio de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora Doña Andrea de Dorremochea Guiot, en nombre y representación de DOÑA Marcelina , presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrida. La Procuradora Doña Adela Cano Lantero, en nombre y representación de la entidad mercantil BAIX PENEDÉS DENTAL SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de DOÑA Filomena , al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2 , 3 º, y art 469 LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por DOÑA Filomena , contra la Sentencia dictada, en fecha 5 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 207/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 139/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de El Vendrell.

  2. ) Y, de conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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