ATS, 26 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Noviembre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Florian , con fecha 21 de marzo de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 8 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 199/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2330/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 9 de julio de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal con fecha 9 y 11 de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de D. Florian presentó escrito con fecha 16 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. Con fecha 5 de febrero de 2013, el Procurador D. Jorge Vázquez Rey, en nombre y representación de "EDITORIAL ECOPRENSA S.A." y D. Jacobo presentó escrito con fecha 11 de julio de 2013 personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Florian , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que, en su caso, formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Florian , contra la Sentencia dictada, en fecha 8 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 199/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2330/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que, en su caso, formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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