ATS, 11 de Febrero de 2013

PonenteMANUEL VICENTE GARZON HERRERO
ECLIES:TS:2013:1624A
Número de Recurso3258/2012
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de febrero de dos mil trece.

HECHOS

PRIMERO

Por escrito presentado el 18 de diciembre de 2012, el Procurador D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, en nombre y representación del Ayuntamiento de IBI (Alicante), suplica a la Sala admita su desistimiento sin condena en costas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74.6 de la LJCA .

SEGUNDO

Efectuado traslado a la parte contraria, el Procurador D. Roberto Alonso Verdú, en nombre y representación de la entidad France Telecom España, S.A.U., muestra su conformidad en cuanto al desistimiento suplicando se le condene en costas.

TERCERO

Mediante decreto de 18 de enero de 2013 se resuelve: "Declarar terminado el presente recurso por desistimiento de la parte recurrente Ayuntamiento de IBI, el archivo de los autos y la devolución de las actuaciones al órgano jurisdiccional de procedencia T.S.J. de la Comunidad Valenciana CON/AD. Sección 3 de Valencia.".

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzon Herrero , Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

El artículo 74 de la Ley Jurisdiccional no prevé la condena en costas preceptiva en los supuestos de desistimiento.

Esta Sala viene entendiendo, en los recursos en que desiste una parte, o cuando quien lo hace es el Abogado del Estado, que no es procedente la condena en costas.

Si se cumplen los requisitos que hacen procedente el desistimiento la Sala estima que el acto procesal del "desistimiento" no ha de ser dificultado, sino favorecido.

Un mecanismo facilitador del desistimiento es la no imposición de las costas.

SEGUNDO

Tales razonamientos no son desvirtuados por el escrito del Procurador D. Roberto Alonso Verdú, en nombre y representación de la entidad France Telecom España, S.A.U., presentado el 16 de enero de 2013.

LA SALA ACUERDA:

No haber lugar a la condena en costas solicitada por el Procurador D. Roberto Alonso Verdú, en nombre y representación de la entidad France Telecom España, S.A.U., en el presente Recurso de Casación número 3258/2012.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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