ATS, 17 de Diciembre de 2005

PonenteANTONIO GULLON BALLESTEROS
ECLIES:TS:2005:15819A
Número de Recurso1358/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2005
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO DE ACLARACIÓN

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Diciembre de dos mil cinco. HECHOS

PRIMERO

Por el Procurador D. Adolfo Morales Hernández-Sanjuan, en nombre y representación de MANRESINVER, S.A., ha solicitado aclaración de sentencia de esta Sala de fecha 27 de octubre de 2.005 en el recurso de casación núm. 1358/1999, en el sentido de subsanar el error material observado en la misma en cuanto a la representación de la parte recurrente, pues consta en dicha sentencia el Procurador

D. Eduardo Morales Price, y como queda acreditado en autos, fue sustituido por su jubilación, por D. Adolfo Morales Hernánez-Sanjuan, quien es el actual representante legal.

Es magistrado Ponente el Excmo. Sr.D. Antonio Gullón Ballesteros

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Conforme al art. 214.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procede subsanar los errores materiales recogidos en el encabezamiento y antecedente de hecho tercero de la sentencia dictada en este recurso, en cuanto a la representación de la parte recurrente debe decir: "cuyo recurso fue interpuesto por MANRESINVER, S.A., representado por el Procurador D. Eduardo Morales Price, sustituido tras su jubilación por el Procurador D. Adolfo Morales Hernández-Sanjuan", como así queda acreditado en el rollo de Sala.

Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español

LA SALA ACUERDA:

Acceder a la aclaración de la sentencia dictada en el presente recurso, instada por el Procurador D. Adolfo Morales Hernández-Sanjuan, en nombre y representación de MANRESINVER, S.A., en los términos que se exponen el fundamento jurídico único de este auto. Notifíquese en legal forma.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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